1º GRADO : Cónyuge, hijos, padres, suegros, yerno y nuera.
2º GRADO : Hermanos, abuelos, nietos y cuñados.
3º GRADO : Bisabuelos, tíos y sobrinos.
4º GRADO : Primos hermanos
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El tercer y cuarto grado de consanguinidad no dan derecho a permiso en nuestro Régimen Estatutario.